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A continuación, se presentan algunos temas relacionados con la prestación del servicio de Energía Eléctrica que pueden ayudar en tu gestión diaria como clientes industriales y/o comerciales.

Para los casos particulares te puedes contactar con un asesor en los canales que hemos dispuesto para atención y que puedes consultar dando clic aquí.

1. ¿Dónde puedo conocer mis derechos y obligaciones como usuario del servicio de Energía Eléctrica?

Los derechos y obligaciones del usuario se encuentran en el Contrato de Prestación de Servicios con Condiciones Uniformes, el cual está publicado en nuestra página web y lo puedes consultar dando clic aquí

A través del enlace anterior, ingresarás al portal en donde se encuentra publicado el actual Contrato de Condiciones Uniformes y sus versiones anteriores.

 

2. ¿Qué es eficiencia energética?

 La eficiencia energética son las acciones que se pueden realizar en una empresa para utilizar de forma óptima la energía, que puede ser eléctrica o de otros combustibles. Abarca actividades sencillas como mantenimientos, cambios en ciertas fases del proceso productivo u horarios y actividades más elaboradas como cambio de equipos, reorganización de procesos, entre otros; su punto más fuerte se encuentra en el análisis de la situación actual y las mediciones, que establecerán los puntos de mejora.

 La implementación de la eficiencia energética ha cobrado tanta importancia en las organizaciones que se estableció la opción de implementar sistemas de gestión para las organizaciones, su beneficio se halla en la optimización del consumo de energía eléctrica y otros combustibles, y se encuentra documentado en la norma ISO 50001.

 El gobierno nacional dispuso beneficios tributarios para aquellas empresas que implementen este tipo de actividades de eficiencia energética, puedes conocer más sobre estos incentivos en la página de la UPME dando clic aquí

 

3. ¿Cómo aporta CENS al desarrollo económico de la región?

Desde su responsabilidad social, CENS aporta a través de la prestación de un servicio con calidad y continuidad, motor indispensable para el desarrollo de empresas y comunidades. Desde su cadena de valor, aporta a proveedores locales y es una de las empresas con mayor aporte en la generación de empleo formal en la región. Desde su ciudadanía corporativa, CENS se une con proyectos de inversión social a procesos productivos de las comunidades y desarrollo de capacidades en nuestros clientes y usuarios.

 

4. ¿CENS realiza capacitaciones relacionadas con el servicio de energía eléctrica?

CENS a través del equipo Conexión con clientes y territorios realiza de manera voluntaria capacitaciones en temas relacionados con uso eficiente de la energía, uso seguro de la energía, conocimiento de la factura, derechos y deberes de los usuarios, entre otros. 

Si deseas recibir una capacitación para tu empresa, puedes solicitarla a través del correo electrónico [email protected] o en los demás canales de atención disponibles.

 

5. ¿Cómo puedo suscribirme al informativo de empresas?

 El informativo de empresas es una publicación trimestral que se remite a los clientes industriales y comerciales que se registren para su recepción, en el mismo se comparte información sobre actividades de CENS, tips empresariales y novedades en la prestación del servicio. Puedes registrarte dando clic aquí.

 

1. ¿Cómo se calcula el consumo de energía eléctrica en mi factura?

El consumo de energía eléctrica se establecerá por la diferencia en la lectura tomada en el medidor de energía en un periodo mensual (por ejemplo, se toma la lectura el día 15 de enero y posteriormente se toma el 15 de febrero y se realiza la diferencia de ambas lecturas).

Adicionalmente, si tu medida es especial, se debe tener en cuenta la constante de medida para multiplicarla por el consumo.  

Para calcular el consumo de energía eléctrica, debes seguir los siguientes pasos:

  1. Ubicación del medidor: localiza el medidor de energía eléctrica de tu empresa, generalmente se encuentra en la fachada del predio porque ello facilita la toma de lectura por parte de CENS.
  2. Identificación del registro: ubica el registro actual de lectura en la parte superior del medidor, que representa la cantidad de kW/hm registrados y acumulado desde la última lectura del periodo o mes anterior.
  3. Toma de lectura: anota los números que aparecen en el medidor, sin incluir el último dígito a la derecha.
  4. Cálculo del consumo: resta la lectura del periodo anterior a la actual para obtener el consumo del mes (lectura actual, menos lectura anterior)
  5. Ajuste por constante de medida: multiplica la diferencia obtenida por la constante de medida, dependiendo del tipo de conexión de tu empresa (el dato de la constante de medida puedes identificarlo en tu factura de energía).

El número resultado de la operación anterior, corresponde al consumo de energía consumida durante el periodo calculado. 

Para mayor información comunícate a través de nuestros canales de atención disponibles; conócelos dando clic aquí.


2. ¿Por qué me cobran contribución de solidaridad? 

La sobretasa o contribución es cobrada de conformidad con el artículo 89 de la Ley 142 de 1994 y del artículo 2 de la Ley 1430 de 2010, a los inmuebles residenciales de los estratos 5 y 6, y a los industriales y comerciales.

Existen algunas exenciones otorgadas por parte del Gobierno Nacional a estos usuarios, quienes pueden solicitar dicha exención del pago de contribución de solidaridad si cumplen con los requisitos exigidos en la normatividad vigente, puedes consultar los requisitos en nuestra sección trámites y servicios dando clic aquí y seleccionado el tipo de exención que aplique. En la sección de trámites y servicio de nuestra página web puedes consultar el proceso a seguir para presentar la solicitud de exención.

 

3. ¿Por qué me cobran el impuesto de Alumbrado Público? 

El impuesto al alumbrado público es un tributo de carácter territorial, esto quiere decir que le compete al Concejo de cada municipio definir a través de un Acuerdo Municipal los sujetos pasivos, así como la base gravable, el valor del impuesto, el sujeto activo, entre otros. Debe tenerse en cuenta que el impuesto al Alumbrado Público no es una tarifa sino un tributo de carácter municipal o distrital según corresponda y que su destinación es para garantizar la prestación de este servicio. Es importante esclarecer que éste tributo deberá ser cancelado por todos los habitantes de cada municipio ya que de alguna manera disfrutan de este servicio, acorde a los sujetos pasivos definidos en cada territorio. 

En el Artículo 352 de la Ley 1819 de 2016 se establece que el recaudo del impuesto de alumbrado público lo hará el Municipio, Distrito o Comercializador de energía y podrá realizarse mediante las facturas de servicios públicos domiciliarios, en consecuencia, a solicitud de las alcaldías municipales CENS actúa como facturador de impuesto de Alumbrado Público según el acuerdo que establezca el Concejo Municipal y sea remitido formalmente a CENS. Dicha facturación que realiza CENS de facturación del impuesto de alumbrado público no tiene ningún costo para el municipio, ni para el usuario.

 La atención de solicitudes, reclamaciones u otras peticiones relacionadas con el alumbrado público están a cargo de la alcaldía municipal, por tanto, el cliente podrá realizar este tipo de solicitudes a través de las líneas y correos que tengan establecido en la administración municipal o su prestador del servicio. Puedes consultar dando clic aquí el prestador de servicios de mantenimiento de alumbrado público en tu municipio.

 

4. ¿Por qué me cobran el Servicio de Aseo en la factura del servicio de CENS? y ¿Dónde puedo reclamar sobre este servicio? 

El Servicio Público de Aseo corresponde a la recolección municipal de residuos, principalmente sólidos. También se aplica a las actividades complementarias de transporte, tratamiento, aprovechamiento y disposición final de tales residuos. Igualmente incluye, entre otras, las actividades complementarias de corte de césped y poda de árboles ubicados en las vías y áreas públicas; de lavado de estas áreas, transferencia, tratamiento y aprovechamiento. (Ley 142 de 1994, Ley 689 de 2001).

CENS recauda y factura dicho servicio atendiendo solicitudes realizadas por las empresas que prestan este servicio acorde a lo establecido en la Resolución CREG 006 del 2000 y decreto 2668 de 1999.

Si el usuario se encuentra inconforme por los valores facturados por concepto de aseo, deberá presentar la solicitud o reclamación directamente con la empresa de aseo, cuyos datos de contacto se encuentran en la factura del servicio de energía eléctrica (sección color morada). Las solicitudes presentadas en CENS relacionadas con dicho servicio serán remitidas a la empresa respectiva como traslado por competencia y la respuesta definitiva al cliente deberá ser emitida por la entidad prestadora del Servicio de Aseo.

 

5. ¿Qué servicios o productos puedo adquirir y pagarlos en la factura del servicio de energía eléctrica? 

El servicio de aseo teniendo en cuenta los requisitos que establezca la regulación vigente, así mismo, el usuario que lo desee puede adquirir dentro del programa CENS EN TU HOGAR y/o EMPRESA, productos y/o servicios y pagarlos mensualmente en la factura del servicio de energía, tales como: Electrodomésticos, Seguros, Pólizas Exequiales, servicios de mantenimientos eléctricos, inspecciones del servicio de gas, entre otros, que podrás consultar dando clic aquí.

Es importante mencionar, que la garantía de los productos y/o servicios deben ser gestionados con las empresas prestadoras de los mismos.

 

6. Si tengo reclamaciones de servicios incluidos en la factura del servicio de energía y que son prestados por terceros como por ejemplo Rayco, Coomultrasan, Los Olivos, entre otros, ¿En dónde puedo presentarlas? 

El usuario puede realizar su solicitud directamente en los puntos de atención de estas empresas, en los casos que las solicitudes sean presentadas ante CENS, se tramitará el respectivo traslado por competencia a la empresa con quien el usuario solicitó el servicio o compra del producto a fin de que emita respuesta definitiva.

 

7. ¿Por qué me cobran energía reactiva?

 El cobro de la penalización de energía reactiva se encuentra establecido en las resoluciones CREG 015 de 2018, 199 de 2019 y 195 de 2020 para aquellos usuarios que sea registrado en el medidor de energía este tipo de variables, generalmente, se producen en clientes que tienen equipos industriales, maquinaria y herramientas con motores, entre otros elementos utilizados.

La penalización de energía reactiva se puede corregir realizando modificaciones técnicas en las instalaciones eléctricas, una de las más comunes es la instalación de bancos de compensación que deben ser instalados por ingenieros electricistas acreditados por los organismos competentes.

 Para ampliar la información puedes dar clic aquí.

 

8. ¿Cómo puedo solicitar el envío de mi factura por correo electrónico? 

Puedes registrarte para recibir tu factura por correo electrónico dando clic aquí o puedes comunicarte con CENS a través de los canales de atención disponibles.

 

9¿Qué puedo hacer si no estoy recibiendo la factura del servicio de energía eléctrica?

Si no has recibido tu factura de energía, puedes reportar esta situación a través de nuestros canales de atención a fin de darte solución oportuna y de fondo a esta novedad. Clic aquí para conocer los canales

Si deseas reportar una queja por esta situación, podrás hacerlo a través de nuestros canales de atención. Conoce más en https://www.cens.com.co/inicio/gestiona-tu-pqr/queja#1018164-canales-de-atencin 

 

10. ¿Cómo puedo validar si mi empresa tiene fugas de energía? 

 Las instalaciones eléctricas de las empresas pueden tener fugas de energía por varias razones entre ellas la antigüedad de los equipos o faltas de mantenimiento, estas fugas pueden afectar el funcionamiento del sistema eléctrico y aumentará el valor de tu energía facturada.

A continuación, se describen los pasos que puedes seguir:

1. Apaga y desconecta todos los equipos incluyendo todos los elementos que usen energía como luces, maquinaria y electrodomésticos.

2. Verifica que el medidor no esté registrando consumo

Revisa que el contador no avance y/o que la rueda magnética no gire. Si sigue registrando consumo, verifica que hayas apagado y desconectado todo. 

Si luego de 5 minutos continúa registrando, tienes una fuga de energía

3. Contacta a un profesional o técnico electricista acreditado para que identifique dónde se encuentra la fuga de energía y se podrán realizar las correcciones pertinentes.

 Esta prueba la puedes realizar en acompañamiento de un técnico electricista certificado.

 

11. Si mi empresa está desocupada por vacaciones o fuera de operaciones, ¿debo pagar servicio de energía eléctrica? 

CENS factura por diferencia de lecturas reportadas por el equipo de medida instalado en terreno y no por cargos fijos y/o cobros mínimos, con fundamento en lo estipulado en la cláusula 34 del Contrato de Prestación de Servicios con Condiciones Uniformes y en el artículo 146 de la Ley 142 de 1994, para lo cual CENS utiliza los instrumentos idóneos que permiten medir el consumo real que ha tenido el usuario.

De acuerdo con lo anterior, si en el inmueble no existe consumo alguno de energía, la lectura será igual a la lectura anterior, es decir no presentará diferencia obteniendo un consumo igual a cero (0) kilovatios hora, sin embargo, es importante tener en cuenta que dentro de la factura del servicio público de energía se liquidan otros servicios como el impuesto del Alumbrado público o aseo los cuales se podrán generar de acuerdo con  la metodología de facturación definida por los entes responsables de los mismos, así como posibles financiaciones con aliados de CENS u otros servicios que se puedan adquirir a través de la factura. 

 

1. ¿Cuáles son los medios de recaudo en físico que tengo disponible? ¿se tienen topes de recepción de dinero?

Los medios de recaudo que CENS tiene disponibles para pagos en medio físico son los siguientes:

Corresponsales Bancarios (Banco Agrario, Bogotá, Popular, Bancolombia, Davivienda, Colpatria, BBVA), Bancos (Banco Agrario, BBVA, Popular, Bogotá), SUPERGIROS (RED DE SERVICIOS DE NORTE DE SANTANDER), EFECTY,  COOMPECENS, COGUASIMALES, COMERCIAL CARD, COOFINEP, SUPERGIROS (RED DE SERVICO DEL  CESAR y SUPERGIROS (COMERCIALIZADORA DE SERVICIO BOLIVAR).

El tope de recepción de dinero depende de la entidad de recaudo que decidas utilizar, por ello valida los topes con la entidad seleccionada antes de dirigirte en físico.

 

2. ¿Se puede realizar pagos virtuales en CENS?

 Si, se puede realizar pago virtual a través de la página web de CENS, la APP de CENS y por las paginas virtuales de las diferentes entidades financieras, siempre y cuando el usuario tenga habilitado el pago de servicios públicos.

 Para pago por PSE en la plataforma de CENS, Da clic aquí para pago en línea.

 

3. ¿Se pueden realizar pagos con cheques? ¿Qué restricciones existen?

 Sí, en el punto de recaudo de CENS Sevilla (Oficina principal Cúcuta) se pueden realizar pagos con cheque, para las entidades de recaudos COOMPECENS y COGUASIMALES solo puede recibir cheque de gerencia.

 

4. ¿Qué sucede si el pago se realiza con un cheque sin fondos?

 Si se recibe un pago de un cheque sin fondos, se le realiza nuevamente el cargue del valor pagado al usuario en la facturación, pues el pago no fue efectivo, así mismo se le notifica al usuario la devolución del cheque para que realice nuevamente el pago.

 

5. ¿Se pueden realizar pagos con tarjetas débito? y ¿Dónde se pueden realizar?

 Sí, se pueden realizar pagos con tarjetas de crédito en las cajas de CENS Sevilla (oficina principal Cúcuta) y en COOMPECENS: oficina principal, Oficina Guaimaral y CAC de Atalaya.


6. ¿Se pueden realizar pagos con tarjeta de crédito? y ¿Dónde se pueden realizar?

 Sí, se pueden realizar pagos con tarjetas de crédito en las cajas de CENS Sevilla (oficina principal Cúcuta) y en COOMPECENS: oficina principal, CAC de atalaya y la Libertad.

 

7. ¿Se reciben pagos con tarjetas de entidades internacionales?

 No, no se reciben pagos con tarjetas de entidades internacionales.

 

8. ¿CENS tiene convenio para pagos en plataformas bancarias?

 Sí, actualmente CENS tiene convenio para pagos en plataformas de los Bancos Bancolombia, Davivienda, Bogotá, Popular y BBVA.

1. ¿Cuál es el monto mínimo para realizar abonos a la factura del servicio de energía eléctrica?

El monto mínimo para realizar abonos a la factura del servicio de energía eléctrica corresponde al 60% del valor total facturado.

 

2. ¿Qué opciones de financiación tengo para mí empresa?

La financiación del valor del servicio de energía se encuentra establecido en la Decisión Empresarial 7200-008-2023 del 24 de febrero de 2023. En nuestra página web hemos dispuesto el esquema de financiación, el cual puedes consultar dando clic aquí

 

3. Si soy una empresa en arrendamiento, ¿puedo realizar financiación del servicio de energía eléctrica?

Sí, siempre y cuando cumpla con los requisitos y/o garantías establecidas  en la matriz de requisitos, la cual puedes consultar dando clic aquí

 

4. Si tengo el servicio de mi empresa suspendido, ¿Qué puedo hacer para la reconexión del servicio?

Si tu empresa se encuentra suspendida por mora en el pago del servicio, una vez realices el pago, el sistema  genera la orden de reconexión. Si es por otros motivos el usuario se debe comunicar a los canales de atención disponibles de CENS para consultar el caso específico.

 

5. ¿Qué canales tengo disponibles para realizar la financiación de la cuenta del servicio de energía eléctrica de mi empresa?

A. Si el valor adeudado por concepto de energía eléctrica a financiar es igual o menor a un (1.5) SMMLV, podrá gestionar la financiación por los siguientes canales:

 Asesor virtual (Clic aquí para acceder )

B. Si la financiación corresponde a montos adeudaos por concepto de energía eléctrica superiores a (1) SMMLV, podrá realizar la financiación en las oficinas de atención cliente disponible. Los requisitos para la financiación los puede consultar en nuestra página web o contactarse a los canales virtuales para conocerlos previo a dirigirse a la oficina física.

 1. ¿Cómo puedo solicitar una oferta de energía solar?

Actualmente CENS tiene a disposición de sus usuarios la disponibilidad de presentar oferta de energía solar, si deseas recibir una oferta para tu empresa, puedes diligenciar tus datos dando clic aquí, o manifestar el interés al correo electrónico [email protected] indicando el nombre de la empresa y el contacto (nombre, cargo y número de celular)

 

2. Los clientes comerciales o industriales, ¿pueden solicitar energía recargable? 

No, actualmente el mercado objetivo de la oferta corresponde a usuarios residenciales de estratos 1, 2 y 3 que presentan inconvenientes de cartera y se encuentren ubicados en asentamientos humanos subnormales. En caso de requerir mayor información puedes comunicarte a la línea 018000414115 o en nuestros canales virtuales.

 

3. ¿Cuáles son los aliados comerciales de CENS y qué productos o servicios puedo gestionar con cada uno? 

 Actualmente CENS tiene los siguientes aliados comerciales:

Servicio Empresa Área de Prestación del Servicio
Servicio de aseo VEOLIA ASEO NORTE DE SANTANDER SA ESP Cúcuta, Villa del Rosario, Aguachica y Pelaya
Servicio de aseo ASEO URBANO DE LOS PATIOS SAS ESP Los Patios
Servicio de aseo ECOAMBIENTAL DEL NORTE SAS ESP Villa del Rosario, Chinácota, Salazar, El Zulia y Cúcuta
Servicio de aseo EMZULIA ESP El Zulia
Servicio de aseo GEOASEO Aguachica
Servicio de aseo BIOGER Gamarra
Electrodomésticos RAYCO Área de prestación del servicio de CENS
Electrodomésticos COOMULTRASAN Área de prestación del servicio de CENS
Exequiales SEFUNORTE LOS OLIVOS Área de prestación del servicio de CENS
Exequiales ORGANIZACIÓN LA ESPERANZA Área de prestación del servicio de CENS
Servicios eléctricos ENSINERGIA Cúcuta
Relacionado con Gas OI ELECTROGASES Cúcuta
 
De igual manera en nuestra página web tenemos registrados los aliados comerciales con los cuales puedes adquirir productos y/o servicios y pagarlos en la factura del servicio de energía, te invitamos a consultarlos aquí


4. ¿Cómo puedo acceder al servicio de energía?

El acceso al servicio de energía depende de las condiciones de la instalación que se requiera conectar, en consecuencia, los requerimientos para el acceso al servicio varían entre los diferentes tipos de instalación tales como comercial, residencial, industrial, entre otros.

Actualmente, el primer paso para acceder al servicio de energía es a través del diligenciamiento del formato E1 Solicitud del servicio o indicar toda la información requerida del mismo, para identificar si su conexión es sencilla o compleja y así orientarlo en el paso a seguir.

Los requisitos por cada uno de estos tipos de instalación pueden ser consultados en nuestro portal web en trámites y servicios, da clic aquí para acceder  .


5. ¿Cómo puedo gestionar una ampliación de carga en mi empresa? 

La ampliación de carga hace referencia a la necesidad de una mayor cantidad de energía eléctrica por aumento de producción, nueva maquinaria a instalar u otros. El primer paso para dicha ampliación es tener el dato de la cantidad de energía adicional requerida, esta gestión la puedes realizar con un ingeniero o técnico electricista con certificación vigente. Dependiendo de la necesidad de ampliación deberás realizar una solicitud de factibilidad del servicio o solicitud del servicio de energía.

Los documentos y trámites requeridos para realizar la ampliación de carga puedes consultarlos en nuestra página web (clic aquí).

Si tienes dudas sobre el trámite a seguir puedes consultar a un asesor en nuestros canales virtuales.Si tienes dudas sobre el trámite a seguir puedes consultar a un asesor en nuestros canales virtuales.


6. ¿A través de qué canales puedo solicitar un duplicado de mi factura?

Los duplicados de factura puedes solicitarlos a través de los siguientes canales de atención:

  • WhatsApp Bot Lucía a través de la línea 3232315115: Las 24 horas del día
  • Línea 018000414115 opción 1 (sur de césar y bolívar): Las 24 horas del día
  • Portal de autogestión: disponible las 24 horas del día.
  • APP de CENS (descárgala en tu dispositivo celular)
  • O a través de nuestros canales de atención adicionales

Si deseas efectuar el pago de la factura, lo puedes realizar en línea a través de la página web www.cens.com.co como pago por PSE (da clic aquí para pago en línea) o cualquier punto de COOMPECENS y COOGUASIMALES solo indicando el número de usuario que aparece en la esquina superior derecha de la factura (número en amarillo) o en línea.


7. ¿Dónde puedo conocer los requisitos para realizar trámites antes CENS? 

En nuestra página web hemos dispuesto los diferentes trámites y servicios que puedes realizar en CENS, te invitamos a consultarlos dando clic aquí

Para los trámites de solicitud de acceso al servicio de energía, tales como factibilidad del servicio, conexión del servicio, solicitudes de provisionales de energía, ampliaciones de carga, entro otros, da clic aquí

Para solicitudes técnicas como: Compra de activos, arrendamiento de infraestructura y revisiones técnicas, entre otros, da clic aquí

Para otros trámites, peticiones, quejas o reclamos, puedes dar clic aquí.  


8. ¿Dónde puedo acceder a los nuevos canales de atención de CENS, como las sedes virtuales y plataformas de autogestión, para realizar mis trámites?

Ingresa a través del siguiente enlace https://www.cens.com.co/Portals/cens/clientes-y-usuarios/Nuestros canales de atención al cliente.pdf? y conoce todos los canales dispuestos para que realices todos tus trámites ante CENS o ingresa a la sección de nuestra página web  dando clic aquí.


9. ¿Cuál es el nuevo correo electrónico para enviar peticiones, quejas, reclamos y sugerencias (PQRS) a CENS?

En CENS, recibimos todo tipo de solicitudes, peticiones, quejas o reclamos, a través del correo empresarial [email protected] o por nuestros canales de atención adicionales dispuestos en la página web https://www.cens.com.co/  

El correo electrónico antes mencionado reemplaza los buzones de:

 [email protected][email protected][email protected]  

Si su solicitud no está relacionada con PQRS sobre el servicio público de energía eléctrica y requieres un trámite ordinario o judicial, por favor dirígete al buzón [email protected] 


10. ¿Cuál es el plazo legal para que CENS responda a las peticiones, quejas, reclamos y sugerencias (PQRS)?

Es importante destacar que, en el contexto general del derecho de petición, las solicitudes de información deben ser resueltas dentro de un plazo de 10 días hábiles, conforme al artículo 14 de la Ley 1437 de 2011. Sin embargo, para aquellas peticiones relacionadas con procedimientos administrativos y de acuerdo con la Ley 142 de 1994, el plazo para resolver es de 15 días hábiles, según el artículo 158 de dicha norma. No obstante, CENS para los canales disponibles 7*24 ha declarado cual sería el manejo del conteo de términos para la emisión de las respuestas.

1. ¿Cómo puedo reportar falla en la prestación del servicio de energía en mi empresa?  

Las fallas en la prestación del servicio de energía puedes reportarlas en los siguientes canales: 

 

Línea telefónica: 018000414115

Chat de WhatsApp al número 3232315115

Línea de emergencias: #115 o #515 en Aguachica

Virtual diligenciando los datos de ese formulario: Click aquí para acceder al formulario.



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