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Descripción

Es la manifestación de inconformidad, insatisfacción, desagrado o descontento presentada por cualquier persona, con motivo de la calidad de los trabajos realizados o incumplimiento de una obligación, así como la inconformidad con la actuación de determinado o determinados servidores de la entidad o de las empresas contratadas que prestan servicios para CENS.


CENS dispone de varios canales de atención por los cuales puedes presentar tu Queja con el fin de darte más opciones de acuerdo a tus necesidades.

  • Realizar solicitud en la pagina web de CENS a en la opción Chat en línea, aportando los requisitos mencionados.
  • Realizar solicitud en la pagina web de CENS a través del Asesor Virtual,  aportando los requisitos mencionados.
  • En las Oficinas de atención  al cliente, contando con la información requerida para el trámite durante la atención.
  • Por contacto telefónico a través de la línea de atención al clientes 018000414115
  • Realizar solicitud en la pagina web de CENS en las opciones Radica tu PQR y/o Portal de Autogestión, aportando los requisitos mencionados.
  • Entregar en la ventanilla de radicación de documentos de CENS la solicitud de  distribución cobro áreas comunes y aportando los requisitos mencionados.
  • Enviar la solicitud  de distribución cobro áreas comunes al correo electrónico [email protected] aportando los requisitos mencionados. 

No se solicitan documentos ni requisitos para la presentación de una queja.


¿Quién puede presentar la solicitud?

La persona directamente afectada.


Costo del trámite.

La solicitud de tramite de queja no tiene ningún costo.


Causales de negación de la solicitud.

El no acceder a las quejas presentadas, no se considera como negación.


Información relacionada

En caso de que la queja corresponda a comportamiento de funcionario vinculado a CENS se debe presentar la solicitud por escrito dirigido a Gestión Humana, adjuntando los soportes que consideren necesarios.

Recuerde que para realizar sus solicitudes no necesita intermediarios.

Tiempo de respuesta: Se mite la respuesta por los canales de atención habilitados en 15 días hábiles contados a partir de la fecha de solicitud.

La normatividad asociada a la solicitud de PQR es la siguiente: 

  • Ley 142 de 1994
  • Ley 1437 de 2011
  • Ley 1755 de 2015
  • Decreto 1166 de 2016



Mecanismos PQRs y plazos

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