¿Quién puede presentar la solicitud?
El solicitante puede ser una persona natural o jurídica.
¿Cuál es el costo del trámite?
El servicio temporal de energía tiene costo para la mano de obra (sólo para instalación) de acuerdo a lo contenido en el Listado de Servicios Adicionales.
Información relacionada con el trámite
Si el servicio temporal de energía es negado, el cliente/usuario deberá solucionar la causal de negación del servicio. Así mismo y si lo considera, podrá interponer el recurso de reposición ante CENS y en subsidio el de apelación ante la Superintendencia de Servicios Públicos, conforme a las normas legales, que regulan los recursos ante las empresas de servicios públicos.
Portafolio de productos o servicios
Si se requiere la instalación de medidor y/o transformador, CENS lo suministrará y los instalará siempre y cuando se cuente con la capacidad operativa para hacerlo y el cliente/usuario pague por ello.
Nota: Para pago asociado a una instalación existente se debe adjuntar carta de autorización firmada por el suscriptor, representante legal o para el caso de los municipios por el secretario de Hacienda, especificando el número del servicio suscrito. La instalación del servicio suscrito relacionado en la solicitud, debe estar a paz y salvo. El cliente responsable del pago responde por las responsabilidades propias de un comodatario, tal como lo señala el Código Civil Colombiano. El cliente es responsable en caso de pérdida o daño irreparable de los materiales instalados, éste pagará a CENTRALES ELECTRICAS DEL NORTE DE SANTANDER S.A. E.S.P. el valor de reposición vigente a la fecha de cobro, de acuerdo con los valores establecidos en el Decreto 1781, mediante el cual se fijan los precios de trabajos y suministros.