¿A qué usuarios de CENS aplica?
Aplica a usuarios regulados residenciales, comerciales e industriales atendidos por CENS, con ciclos de facturación no superiores a dos meses, siempre que no se encuentren dentro de una causal de no inclusión.
¿Qué usuarios no están incluidos?
Entre otros, no se incluyen usuarios cuyo consumo se determine por:
• Usuarios cuya determinación del consumo se realice mediante procesos distintos a la lectura de medidor.
• Clientes con periodicidad de facturación trimestral.
• Usuarios con medidor prepago para el servicio de energía eléctrica.
• Usuarios correspondientes a instituciones de salud, establecimientos educativos, centros asistenciales y de cuidado, organismos de atención de emergencias y desastres, instituciones de seguridad y orden público, y establecimientos penitenciarios y de detención.
• Usuarios correspondientes a inmuebles o instalaciones de entidades públicas del orden nacional o territorial, identificados como usuarios oficiales en los sistemas de información comercial del respectivo
¿Cómo puedo entender fácilmente el programa?
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Verde
Consumo menor al 90% de la meta
Tu ahorro puede ser reconocido y acumulado.
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Amarillo
Consumo entre el 90% y el 110% de la meta
No se genera cobro adicional ni ahorro reconocido.
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Rojo
Consumo superior al 110% de la meta
Puede generarse un cobro adicional únicamente sobre el consumo que supere ese límite.
¿Qué significa que el primer ciclo sea pedagógico?
El primer ciclo cuya fecha de finalización sea igual o posterior al inicio del programa es informativo. En ese ciclo se muestra cómo se compara tu consumo con la meta, pero no se genera cobro adicional.
¿El programa aumenta la tarifa de energía?
No. La tarifa regular no cambia por este programa. El cobro adicional es un concepto transitorio y separado que solo puede generarse cuando el consumo supera el 110% de la meta.
¿Ahorrar energía garantiza que recibiré un beneficio?
No. El ahorro reconocido permite participar en la distribución, pero el beneficio depende de que existan recursos efectivamente recaudados en la bolsa del mercado de comercialización.
¿Qué cambió con la Resolución CREG 101 126 de 2026?
Modificó la fecha de inicio, estableció el primer ciclo pedagógico, ajustó los plazos operativos y creó una exclusión para usuarios ubicados en municipios oficialmente identificados como afectados por el sismo del 10 de agosto de 2026.