¿Quién puede presentar la solicitud?
Persona que presentó el reclamo sobre el cual se recursa, por quien solicitó el servicio de energía o por su apoderado debidamente acreditado.
Documentos:
- Comunicación escrita donde se indique: Nombres y apellidos completos del solicitante o apoderado, documento de identidad, dirección donde recibirá correspondencia, objeto de la petición, razones que la fundamentan, pruebas adicionales a las presentadas en la actuación preliminar y firma del solicitante.
- Extranjeros: Cédula de Extranjería o pasaporte o Permiso de Protección Temporal PPT (Cuando el peticionario se identifique a través de PPT, debe consultarse su originalidad en el siguiente enlace: Constancia PPT).
- Persona jurídica: Certificado de Existencia y Representación Legal, el cual puede ser consultado en el Registro Único Empresarial y Social RUES, por lo que no es necesario que el solicitante presente el documento físico, o el Registro Único Tributario RUT.
- Administrador de Copropiedad: Se deben presentar los documentos previamente mencionados (el RUT no aplica). En caso de que la copropiedad no cuente con un administrador constituido, deberá presentarse un oficio firmado por todos los copropietarios, en el que se autorice a una persona para interponer el recurso ante CENS, junto con la copia de la cédula de ciudadanía de la persona autorizada.
Si el usuario no presenta personalmente los recursos, la persona que lo haga en su nombre deberá acreditar en qué calidad actúa ante la empresa. Para ello, deberá demostrar su condición de apoderado o mandatario, conforme a las normas generales del derecho que regulan estas figuras. En caso de actuar como apoderado, deberá presentar el poder debidamente otorgado; si actúa como mandatario, deberá presentar una autorización escrita, la cual limita la actuación de la empresa a lo expresamente autorizado en dicho documento.