Causales de negación de la solicitud
La recepción del sistema de medida no se considera negación, sin embargo puede presentar rechazo por:
- Certificados de calibración no estén vigentes.
- La Clase de precisión y el burden del equipo no cumple con el código de medida.
- Relación de transformación de los TC's y TP's no cumplan con las especificaciones del proyecto.
- La parametrización no cumpla con los requisitos exigidos en el código de medida de acuerdo al proyecto presentado.
- No contar con certificado de conformidad de producto.
Costo del trámite
La recepción del equipo de medida no tiene ningún costo. Sin embargo, si el certificado de calibración supera el tiempo de vigencia de la calibración, se deberá realizar la calibración en el laboratorio de CENS previa aprobación del solicitante y posteriormente se cobra en la factura de energía de acuerdo a los valores contenidos en el Listado de Servicios Adicionales del portafolio de servicios de CENS.
Normativa asociada a la solicitud
La normatividad asociada a la recepción del sistema de medida es la siguiente:
- Resolución CREG 015 de 2018
- Resolución CREG 038 de 2014
- Resolución CREG 156 de 2011
- Resolución 90708 de 2013 - Reglamento técnico de instalaciones eléctricas
- Resolución CREG 108 de 1997
- Resolución CREG 070 de 1997
- Ley 142 de 1994
Toda instalación eléctrica es susceptible de consumir energía reactiva de la red de acuerdo a las características de su carga, la cual podrá ser penalizada de acuerdo a lo estipulado por la Resolución CREG 015 de 2018, para mayor información consulte en la página Penalización de Penalización de Energía Reactiva. Siguiente trámite a surtir:
- Conexión del servicio de energía.
- Interventoría de proyectos (cuando aplique).
- Interventoría de conexión / visita de puesta en servicio (cuando aplique).
A continuación se describe la ruta que debes seguir:
Si desea tramitar una petición, queja o reclamo referente a este trámite, tenga en cuenta la siguiente información:
Mecanismos, PQR y plazos