Causales de negación de la solicitud:
- La interventoría y visita de puesta en servicio no se enmarca en negación, sin embargo, en la interventoría se pueden solicitar correcciones en cuanto a: materiales a utilizar, localización de subestación, cambios en el proyecto, medidores, condiciones de la conexión y general la construcción del proyecto eléctrico.
- Si la interventoría no es atendida por el profesional competente responsable de la obra con matrícula profesional vigente de acuerdo al registro en los canales de atención, no se realizará la interventoría y deberá tramitar una nueva.
- Para el caso de la visita de puesta en servicio, es una causal no haber cumplido los pasos previos para la puesta en servicio, del que trata el Artículo 33. "Pasos previos a la visita de puesta en servicio de la conexión" de la resolución CREG 156 de 2011.
Costo del trámite
La solicitud interventoría no tiene ningún costo.
Normativa asociada a la solicitud
La normatividad asociada a la interventoría y la visita de puesta en servicio es la siguiente:
- Resolución CREG 156 de 2011.
- Resolución CREG 038 de 2014.
- Resolución 90708 de 2013 - Reglamento técnico de instalaciones eléctricas * Ley 1228 De 2008.
- Resolución CREG 108 de 1997.
- Resolución CREG 070 de 1997.
- Resolución CREG 225 de 1997.
- Ley 142 de 1994.
- Norma técnica para el diseño y construcción de redes de distribución de CENS
Información relacionada:
Tenga en cuenta que existen dos (2) tipos de interventoría:
1. Interventoría de proyectos:
Durante esta interventoría se realiza chequeo de materiales y seguimiento a la construcción de acuerdo a los planos aprobados, así mismo, se aprueba por parte de Atención Técnica de Clientes lo siguiente:
- Ingreso de equipos del sistema de medida (TC’s, TP’s, Medidores).
- Trámite de visado del transformador.
- Cotización para trabajos de línea energizada con Mantenimiento de Redes (si aplica) para la conexión final del servicio.
- Para agilizar el trámite de la interventoría posterior al ingreso de los equipos de medida, tener disponible la Plantilla Formato Único Constructores con la relación de las instalaciones y medidores, la cual deberá presentar en formato Excel (.xlsx) al momento de la conexión del servicio en los canales de atención habilitados.
2. Interventoría de conexión / Visita de puesta en servicio:
En esta cita de acompañamiento se debe contar con la obra culminada y los sistemas de medida instalados si fueron ingresados previamente; se revisan las obras de conexión, el sistema de medida y las demás verificaciones que prevea la regulación.
Esta es la última visita de interventoría, donde se suscribe el acta de recibo técnico que es requisito indispensable para la conexión al servicio y corresponde a los pasos previos de los que trata el artículo 33 de la resolución Creg 156 de 2011 para el caso de instalaciones de otros comercializadores.
Además deberá contar con:
- Solicitud de Visado del trasformador finalizada (si aplica).
Toda instalación eléctrica es susceptible de consumir energía reactiva de la red de acuerdo a las características de su carga, la cual podrá ser penalizada de acuerdo a lo estipulado por la Resolución CREG 015 de 2018, para mayor información consulte en la página Penalización de Penalización de Energía Reactiva.
Siguiente trámite a surtir:
- Recepción equipo de medida del usuario (Si no se recepcionó previamente con autorización de CENS).
- Visado de transformador (cuando aplique).
- Conexión del servicio de energía.
A continuación se describe la ruta que debes seguir:

Si desea tramitar una petición, queja o reclamo referente a este trámite, tenga en cuenta la siguiente información:
Mecanismos PQR y plazos